COPAPROSE presenta a sus asociaciones miembros los resultados finales del Estudio de Regulación Comparada sobre las medidas regulatorias aplicadas a los Asesores en Seguros en materia de Antilavado de Dinero y Contra el Financiamiento del Terrorismo, así como en Gobierno Corporativo, incluyendo su alcance al análisis de la Regulación del Comercio Digital de Seguros, en los países de Iberoamérica.
Bajo la organización de la Presidenta de COPAPROSE, Elisabeth Vogt de Weber, y Marvin Umaña Blanco, coordinador del Comité Jurídico y de Regulación (CJR), tras casi un año de trabajo, el 31 de julio de 2024, en un encuentro virtual, se dieron a conocer los aspectos más relevantes, las simetrías y diferencias encontradas, destacándose su impacto en la actividad del Asesor en Seguros.
Este trabajo consistió en la recopilación de información relacionada con los modelos de supervisión y legislación aplicable a los Asesores en Seguros de los países miembros de COPAPROSE, por medio de un cuestionario elaborado por el CJR, el cual fue respondido por las asociaciones miembros de 16 países.
El documento destaca que COPAPROSE cree fehacientemente en la importancia de establecer medidas de supervisión y regulación que garanticen la transparencia del modelo aplicable en cada país y el mejor servicio de asesoría y atención integral de las necesidades de los clientes y que aporte un verdadero valor agregado al sector que regula, pero también avala que debe existir coherencia y proporcionalidad en dichas medidas y de allí la importancia de buscar una aplicación acorde con la labor del ASESOR EN SEGUROS.
Añade que la delicada situación de los fenómenos ECOSOCIALES que se viven en la actualidad y que se acrecentarán en el futuro (cambio climático, inmigración, crisis políticas, falta de capacidad financiera de los mercados de seguros y reaseguros, etc., requiere de modelos de supervisión y regulación que sean muy ágiles y de bajo costo, para poder garantizar la INCLUSIVIDAD del seguro en todos los sectores de la sociedad.
Principales Resultados
A.- ANTILAVADO DE DINERO Y CONTRA EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO (ALD/CFT)
- El 94% de los países cuentan con regulaciones específicas para el sector asegurador en materia de ALD/CFT.
- En el 69% de los países se exige a los Asesores en Seguros a mantener un esquema completo que incluye oficialía de cumplimiento, recopilar formularios, datos de los clientes, factores de riesgo y similares. Resalta el caso de Chile, Colombia, Ecuador y Venezuela que no mantienen estas obligaciones.
- En el 81% de los países la regulación de las medidas ALD/CFT aplica para todas las líneas de seguros y en España (y por consiguiente en Europa), Argentina y Uruguay sólo se exige para seguros de vida con capitalización.
- En el 75% de los países existe duplicación de controles entre aseguradoras, asesores y entidades financieras.
Para COPAPROSE estos resultados demuestran que existe una marcada heterogeneidad en la aplicación de regulación sobre ALD/CFT, lo cual representa DESVENTAJAS COMPETITIVAS para los países sobre regulados. No se están aplicando los principios de PROPORCIONALIDAD, COHERENCIA, CONVERGENCIA Y RAZONABILIDAD, promovidos por los Principios Básicos de Seguros de la Asociación Internacional de Supervisores (IAIS, por sus siglas en inglés), lo cual encarece sustancialmente el modelo asegurador.
Por otro lado, la aplicación de normas excesivas y duplicación de funciones, producen un enorme costo operativo que atenta contra los derechos de los consumidores de tener acceso al seguro para el desarrollo económico y social de los países. Esta condición también limita el ingreso de nuevos participantes en el mercado (en especial bajo el modelo PYMES) y promueve la concentración del mercado de seguros en manos de las grandes empresas, cuyo mercado meta se enfoca en los clientes corporativos, dejando de lado a los pequeños y más necesitados. Asimismo, se atenta contra los principios de INCLUSIVIDAD y CIERRE DE LA BRECHA DE PROTECCIÓN que promueven organismos como la Organización de las Naciones Unidas y corrientes globales.
El estudio igualmente concluye que no existe COHERENCIA entre la actividad del Asesor en Seguros y el excesivo paquete regulatorio que se le exige y no tiene relación con otros modelos del sistema económico y financiero. Por ejemplo: Asesores financieros, legales, bienes raíces y similares. COPAPROSE considera que los entes reguladores deben ser conscientes de que la labor y responsabilidad del MEDIADOR DE SEGUROS es por naturaleza ASESORAR y dentro de sus responsabilidades no está LA ACEPTACIÓN DE RIESGOS.
B.- GOBIERNO CORPORATIVO
En el 50% de los países si se exige el modelo de Gobierno Corporativo a los Asesores en Seguros, aplicándose similares requisitos que los exigidos a los de las empresas ASEGURADORAS, REASEGURADORAS, BANCARIAS Y FINANCIERAS, sin considerar que la función del Asesor en Seguros es totalmente diferente. Por lo que se alza la pregunta: ¿Existe consciencia de los efectos para el mercado y del consumidor del costo de esta excesiva carga de control que afecta con su capacidad de compra?
Entre las medidas aplicadas en esta materia, los resultados destacan puntos relevantes como la publicación de estados financieros (47% de los países), publicación completa del modelo de Gobierno Corporativo y la composición de la estructura administrativa de cada empresa (33%). El tema de las auditorías financieras internas y externas (60%), la auditoría externa del modelo de ALD/CFT (20%) y de la tecnología de información. La aprobación previa de los miembros del consejo directivo (27%) de una empresa asesora cae más en la coadministración que en la supervisión.
COPAPROSE interpreta que estos modelos de Gobierno Corporativo también se constituyen como BARRERAS DE ENTRADA para otros participantes del mercado y tienden a concentrar en el mercado a las empresas más fuertes, privando al consumidor de mejores oportunidades de servicio. Esta tendencia incluye la bancarización del seguro (que es diferente a la banca-seguros) y la incorporación de empresas financieras y comerciales en la venta del seguro, que -por lo general- brindan servicios deficientes.
C.- REGULACIÓN DEL COMERCIO DIGITAL DE SEGUROS
- En el 31% de los países (Bolivia, Chile, España, México y el Salvador) existe regulación específica sobre comercio digital y los derechos de los consumidores
- En el 81% de países no existe regulación para el pago de impuestos en el comercio digital de seguros. Sólo en Chile, El Salvador y España se cobran.
- En tanto, en 81% de los países consultados si existen medios de protección de los datos personales utilizados en operaciones digitales.
- En el 56% de los países no existen medios para garantizar la entrega de documentos y asistencia en caso de reclamaciones.
- En 7 países (44%) se exige licencia de operación para operar canales digitales en la venta de seguros.
- En 3 países se exige el requisito de contar con una Póliza de Responsabilidad Civil por ERRORES Y OMISIONES para los canales digitales de seguros.
- En 7 países se permite la venta transfronteriza de seguros por medios digitales.
Para COPAPROSE, los datos obtenidos son contundentes y existe la URGENCIA de establecer un modelo de regulación para la operación de la venta digital de seguros, especialmente para aquellas empresas no reguladas según las disposiciones de cada país, lo cual garantizaría los derechos de los consumidores y la igualdad de condiciones para todos los participantes, promoviendo un modelo de competencia transparente y equitativo.
Para consultas o solicitud de mayor información, por favor escribir a info@copaprose.org